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 ÁREA PRIVADA

Subvenciones Andalucía: Autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado - Conciliación vida personal, familiar y laboral.

Subvenciones Andalucía: Autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado - Conciliación vida personal, familiar y laboral.
 Fecha:
 16/06/2021
 Fuente:
 Colegio Profesional de Economistas - Confederación Granadina de Empresarios

Adjuntamos el Extracto de la convocatoria de subvenciones reguladas en el Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado reguladas en el Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan, publicado en el BOJA extraordinario de 15 de junio de 2021; así como Circular Resumen gentileza de la Confederación Granadina de Empresarios (ver archivo 56 en la parte superior).


Objeto: Concesión de subvenciones para autónomos y empresas para la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a los costes fijos incurridos.

Las subvenciones por importe de 1.109 millones de euros, se dirigen a empresas y autónomos, cuyos CNAEs se encuentren entre los que se han aprobado y entre otras varias condiciones a cumplir, no hayan declarado pérdidas en 2019 y sus operaciones interiores por IVA hayan disminuido en más de un 30% en el año 2020 con respecto a 2019.

Se trata de ayudas con carácter finalista, es decir que deben ser justificadas por el beneficiario, y deberán aplicarse para satisfacer deudas y pagos a proveedores y otros acreedores (tanto financieros como no financieros), generadas entre el 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, y que aún no hayan sido satisfechos, es decir, que se vayan a pagar a partir del 1 de junio de 2021.

Estas ayudas se podrán solicitar hasta el 15 de julio de 2021, de forma electrónica exclusivamente, a través del modelo que contiene el anexo de este extracto.

 

Por otro lado, también os puede interesar la Resolución de de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para el año 2021, la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía así como el Extracto de la Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para el año 2021, la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía, publicados en el BOJA de 14 de junio de 2021; así como Circular Resumen gentileza de la Confederación Granadina de Empresarios (ver archivo 55 en la parte superior).


Objeto: Se convoca para el año 2021, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de las líneas que a continuación se relacionan, reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020:

  • Línea 4, destinada a la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional.

La cuantía de esta ayuda será de 6.000 € por persona contratada a jornada completa por periodo de un año, siempre que esté inscrita previamente en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo. Si la persona contratada es mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, la cuantía de la subvención será de 7.200 euros por un periodo de doce meses.

  • Línea 5, destinada a la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.
    • Riesgo durante el embarazo: Ayudas de 3.200 euros por un período máximo de ocho meses.
    • Periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar (jornada completa): Ayudas de 1.700 euros por un periodo de dieciséis semanas y 1.900 euros por un periodo de dieciocho semanas.

Estas ayudas se incrementarán un 50% cuando las contrataciones se formalicen con personas desempleadas no ocupadas, inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo, que sean mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.

Las cuantías de ambas líneas se adaptarán proporcionalmente a la jornada de trabajo resultante cuando la contratación sea a tiempo parcial, siendo la duración mínima de 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual.

Plazo para su presentación: hasta el 30 de septiembre, o bien hasta agotar fondos.